Objetivos del Consejo y del CNRS
Ambos son organismos
públicos controlados directamente por el Ministro de Ciencia y
Tecnología español, y por el Ministro de Investigación francés.
Los objetivos y
funciones del Consejo le estaban asignados por una ley de 1986, en la cual se
enumeraban una serie de principios vagos y generales: “ejecutar proyectos de
investigación científica”, “fomentar el avance de la investigación básica”,
“colaborar con las universidades en actividades de investigación y enseñanza
superior”, etc. ¿En qué áreas científicas y técnicas? No se especificaban. En
la práctica el Consejo lleva a cabo actividades en todas las ramas del saber,
incluidas las humanidades. En teoría, no falta ambición.
La
organización y funcionamiento actuales del Consejo están establecidos por el
Estatuto del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, promulgado por el
Consejo de Ministros en forma de Real Decreto de diciembre del 2000.[1]
Según el estatuto, la misión del Consejo “no es otra que el desarrollo de la
investigación científica y técnica en el marco y al servicio de la política
científica y tecnológica del país, con objeto de impulsar el desarrollo
económico y social en el sentido más amplio.”
El
estatuto es un documento napoleónico de unas 32 páginas en el que se especifica
absolutamente todo: organización, cargos directivos hasta un nivel bastante
bajo, un sinnúmero de clasificaciones laborales, selección y contratación de
personal, política de retribuciones, etc. ¿Cómo es posible un disparate
semejante? Pues los franceses hacen esencialmente lo mismo, aunque a escala
mucho mayor.
El estatuto del CNRS es un documento de 15 páginas
(decreto del 24 de noviembre de 1982) en el que se especifican los principios
generales de su estructura y funcionamiento, pero el desarrollo concreto de
estos principios es un cuerpo de leyes, decretos y regulaciones que ocupan siete
volúmenes, en los que se trata desde la organización general de la
investigación, organización general del CNRS, etc., hasta los medios
inmobiliarios y materiales. Se regula todo, desde la investigación en física
nuclear hasta la organización de la investigación sobre cuestiones árabes y del
Islam. Esto es un trajín enorme para el gobierno francés, puesto que todo debe
actualizarse permanentemente y en ello intervienen el Ministerio de Economía,
el de Investigación, el de Educación y el gabinete del primer ministro.[2]
Al igual que el
Consejo, el CNRS ejerce su actividad en todas las áreas del saber y produce
conocimientos para ponerlos al servicio de la sociedad. Más aun, el CNRS se
designa como un organismo público de “investigación fundamental”. Es un tópico
decir que la investigación fundamental es esencial para el progreso de la
ciencia y tecnología, pero hay que afirmar que la investigación fundamental
debe llevarse a cabo en las universidades, y otros organismos especiales
pequeños y descentralizados. De esto hay que exceptuar la física de alta
energía, la cual requiere aceleradores de partículas, es decir, las
instalaciones científicas más grandes. Lo que no es razonable es crear una
burocracia de 25.000 personas (CNRS) o de 5.000 (Consejo) y “hala, a investigar
en todas las ramas del saber”.
Es revelador
reflexionar sobre el hecho de que las grandes instalaciones de física de alta
energía como el Centro Europeo de Investigación Nuclear (CERN) en Ginebra,
Acelerador Lineal de Stanford, Fermilab en Chicago, se caracterizan por tener
un personal permanente (no funcionario) pequeño y por organizar su
investigación con base a proyectos propuestos por científicos de cualquier país
del mundo, los cuales son revisados por comités de científicos eminentes (no
por burócratas en nómina) y, si son aprobados, son llevados a cabo por los
científicos externos a la organización durante un período de tiempo mas o menos
determinado.
[1] Véase el portal de Internet del
Consejo, www.csic.es.
[2] Véase el portal de Internet del CNRS, www.cnrs.fr.